¿Cómo se tramita la jubilación?
Saber másLa tramitación de la jubilación se lleva a cabo en las Direcciones Provinciales del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Como norma general, la jubilación se percibe tras haber cumplido los 65 años al cesar toda la actividad laboral y tras haber cotizado un mínimo de 15 años en la Seguridad Social. Sin embargo, desde el 1 de enero de 2004, también existe la posibilidad de jubilarse de forma anticipada con un grado igual o superior al 65% de discapacidad y siendo trabajador por cuenta ajena.
¿A qué pensión tengo derecho, si ya no puedo trabajar?
Saber másEn el caso que la pérdida de visión te impida trabajar debes valorar tramitar la solicitud de una prestación por incapacidad permanente que puede ser total, absoluta o de gran invalidez..
La incapacidad permanente TOTAL inhabilita para seguir con su profesión habitual, pero puede dedicarse a otra distinta siempre que no interfiera con su salud visual. La incapacidad permanente absoluta inhabilita por completo al trabajador para cualquier oficio. La gran invalidez podría obtenerse en personas con ceguera legal o total que precisen ayuda de una tercera persona para las tareas básicas de la vida.
La valoración depende de cada Comunidad Autónoma, que te asignará un grado de incapacidad permanente en función del déficit visual, tu profesión, la edad y otras enfermedades o secuelas que presentes. Se valorará tu caso particular.
Para esta valoración se requiere de un informe médico muy detallado. Es recomendable que recibas asesoramiento jurídico o de los servicios sociales o de una asociación de pacientes.
En España existen dos tipos de pensiones: contributivas y no contributivas.
Como persona con discapacidad, tendrás acceso a un tipo u otro según tu grado y situación socioeconómica.
- Pensiones contributivas: prestaciones económicas y en algunos casos de duración indefinida. Para poder recibirla, deberás acreditar un período mínimo de cotización y cumplir los requisitos: jubilación ordinaria, jubilación anticipada, incapacidad permanente (total, absoluta y gran invalidez), viudedad, orfandad o en favor de familiares y dentro de la acción protectora del Seguro Obligatorio de vejez e invalidez (SOVI).
- Pensiones no contributivas: prestaciones económicas que se reconocen a personas que, encontrándose en situación de necesidad protegible, carecen de recursos suficientes. Se contemplan los casos de invalidez y jubilación. En el caso de la invalidez, será necesario tener un grado de discapacidad igual o superior al 65% y tener entre 18 y 65 años. La gestión de estas pensiones está atribuida a los órganos competentes de cada Comunidad Autónoma y a las Direcciones Provinciales del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) en Ceuta y Melilla.
La cantidad por recibir también dependerá del motivo que lleva a la prestación y la situación socioeconómica del solicitante.
¿Dónde y cómo puedo solicitar el certificado de discapacidad?
Saber másCon carácter general, será el Departamento de Asuntos Sociales de cada comunidad autónoma el órgano responsable de otorgar el certificado de discapacidad. También podrá decidir al respecto la autoridad judicial, en el caso en que se impugne una valoración realizada por un órgano de la comunidad autonómica. La certificación de la discapacidad se materializará en un documento cuyo nombre dependerá del órgano que la emita: si la emite la comunidad autónoma, se tratará de un certificado de discapacidad; si la dicta el Juez, será una Sentencia.
El procedimiento para el reconocimiento, la declaración y la calificación del grado de discapacidad, se rige por el RD 1971/1999, de 23 de diciembre. Para poder tener un reconocimiento de discapacidad se exige, como mínimo, un grado del 33% que tiene en cuenta factores discapacitantes (lesiones físicas, psíquicas o sensoriales) y factores sociales (edad, entorno familiar, situación laboral y profesional, niveles educativos, etc).
Cada comunidad autónoma tiene sus propios "centros de valoración de la discapacidad". Tu trabajador/a social te informará sobre cuál es tu centro para solicitar el certificado.
¿Qué pasos debes seguir para solicitar y adquirir el certificado de discapacidad?
1. Debes acudir al departamento de asuntos sociales de tu Ayuntamiento y hablar con un Trabajador/a Social.
2. Rellenar la solicitud.
3. Acudir a las citas que te indiquen en el centro base, donde pasarás una revisión.
Documentos para adjuntar:
- Informes médicos (añadir también informes psicológicos y sociales, si dispones de ellos).
- Fotocopia y original del DNI como persona solicitante y tu representante legal, si tienes.
- Si no tienes DNI, puedes presentar copia del Libro de Familia.
- Si ya tienes una discapacidad reconocida por la Seguridad Social, deberás adjuntar la fotocopia de la Resolución de la Comisión de Evaluación de Incapacidades.
- Es indispensable adjuntar el Volante de Empadronamiento del solicitante.
¿Cómo me ganaré la vida de ahora en adelante?
Saber másEn España, la plena integración laboral de las personas con discapacidad sigue siendo una tarea pendiente. No obstante, adaptar el puesto de trabajo para una persona ciega o con baja visión, es posible en algunos casos. Las asociaciones de pacientes pueden ayudarte a estudiar tu caso concreto.
La plataforma “Por Talento” de la Fundación ONCE (https://www.portalento.es/), ayuda a las personas con discapacidad a encontrar empleo y a mejorar su formación. Solo necesitas registrarte previamente presentando tu certificado de discapacidad o de incapacidad laboral.
La ONCE también ofrece una bolsa de empleo (https://www.once.es/servicios-sociales/apoyo-al-empleo/desarrollo-de-apoyo-al-empleo/bolsa-de-empleo-de-afiliados-a-once) para las personas afiliadas donde se realiza una rigurosa y ajustada selección del profesional requerido, de acuerdo con el puesto y a la necesidad a cubrir en cada momento.
Por otro lado, las personas que superen el 33% en el grado de discapacidad tienen derecho a ventajas fiscales, sociales y laborales que favorecen su contratación por parte de las empresas. Consulta con los servicios sociales de una asociación, del hospital, de tu ayuntamiento o comunidad autónoma qué opciones son las más adecuadas para ti.
¿Me van a dar una pensión por tener discapacidad?
Saber másEn España existen dos tipos de pensiones: contributivas y no contributivas.
Como persona con discapacidad, tendrás acceso a un tipo u otro según tu grado y situación socioeconómica.
- Pensiones contributivas: prestaciones económicas y en algunos casos de duración indefinida. Para poder recibirla, deberás acreditar un período mínimo de cotización y cumplir los requisitos: jubilación ordinaria, jubilación anticipada, incapacidad permanente (total, absoluta y gran invalidez), viudedad, orfandad o en favor de familiares y dentro de la acción protectora del Seguro Obligatorio de vejez e invalidez (SOVI).
- Pensiones no contributivas: prestaciones económicas que se reconocen a personas que, encontrándose en situación de necesidad protegible, carecen de recursos suficientes. Se contemplan los casos de invalidez y jubilación. En el caso de la invalidez, será necesario tener un grado de discapacidad igual o superior al 65% y tener entre 18 y 65 años. La gestión de estas pensiones está atribuida a los órganos competentes de cada Comunidad Autónoma y a las Direcciones Provinciales del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) en Ceuta y Melilla.
La cantidad por recibir también dependerá del motivo que lleva a la prestación y la situación socioeconómica del solicitante.
¿Cuáles son los baremos para entrar en la ONCE?
Saber másLa condición indispensable para entrar en la ONCE y poder beneficiarse de sus servicios sociales es tener ceguera legal, es decir, tener un campo visual (capacidad para percibir objetos situados fuera de la visión central) igual o menor de 10º y/o presentar una agudeza visual (capacidad para percibir la figura, forma y detalles de los objetos) igual o menor a 0,1 (10%) en los dos ojos. Además, también se deberá tener nacionalidad española.
¿Puedo afiliarme a la ONCE?
Saber másPara poder afiliarte a la ONCE deberás tener ceguera legal, es decir, tener un campo visual (capacidad para percibir objetos situados fuera de la visión central) igual o menor de 10º y/o presentar una agudeza visual (capacidad para percibir la figura, forma y detalles de los objetos) igual o menor a 0,1 (10%) en los dos ojos. Además, también se deberá tener nacionalidad española.
¿De qué tipos de ayuda podré disponer?
Saber másEl diagnóstico de una enfermedad no lleva asociado unas ayudas concretas, más allá de la atención médica necesaria. En función de tu situación personal y de las consecuencias de la enfermedad, por ejemplo, que necesites asistencia de otra persona o ayuda para la movilidad en general, podrás acceder a distintas ayudas tanto de instituciones públicas como privadas, como las asociaciones de pacientes.
¿Qué es el certificado de discapacidad?
Saber másEl certificado de discapacidad es el reconocimiento administrativo de la discapacidad con el objetivo de compensar las desventajas sociales que genera la discapacidad, proporcionando acceso a derechos y prestaciones de distinto tipo, siempre con el fin de equiparar oportunidades.
La valoración del porcentaje de discapacidad se regula por el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2000-1546) pero la valoración del grado siempre se realizará atendiendo a la concreta dolencia sufrida por la persona que lo solicita, es decir, su limitación sensorial, física o psíquica, y sus factores socioeconómicos.
Hay 5 grados de discapacidad:
- Grado 1 --> 0%
- Grado 2 --> 1% a 24%
- Grado 3 --> 25% a 49%
- Grado 4 --> 40% a 70%
- Grado 5 --> 75% o más
Se considera que una persona tiene discapacidad cuando tiene, como mínimo un grado del 33%.
Además, si te conceden el certificado de discapacidad, también te darán la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad, un documento personal e intransferible que te identifica como persona con discapacidad. En ella aparecen el nombre y apellidos del titular, el DNI o el Número de Identificación de Extranjero, el grado de discapacidad, validez y el baremo de movilidad. Siempre que uses esa tarjeta deberás enseñar tu DNI.
¿Dónde puedo ir a que me ayuden?
Saber másComo complemento a tu tratamiento médico, las asociaciones de pacientes son un lugar donde recibir apoyo psicológico, asesoramiento, información y formación necesarias ante esta nueva situación.
¿Qué ventajas supone tener el certificado de discapacidad?
Saber másEl certificado otorga diferentes derechos y beneficios:
- Derecho a solicitar viviendas de protección pública especiales para personas con discapacidad.
- Derecho a solicitar ayudas para adaptar tu vivienda.
- Descuentos en algunos transportes.
- Ayudas y subvenciones económicas varias.
- Programas y servicios especiales de salud.
- Ayudas para formación y empleo.
- Reducciones de impuestos (como en el caso de comprar un vehículo: la persona con certificado de discapacidad está exenta de pagar el impuesto de nueva matriculación y de circulación).
- Solicitud de la tarjeta especial de aparcamiento (esta solo para personas con movilidad reducida).
No obstante, cada comunidad autónoma tiene sus propios centros de valoración de la discapacidad. Para saber el que te corresponde o qué necesitas para el trámite, puedes acudir a un trabajador social en tu centro de salud, del ayuntamiento o de una asociación de pacientes Si quieres conocer los centros más cercanos, visita este enlace.
¿Hay alguien que pueda ayudarme a mí y a mi familia a afrontar mi pérdida de visión?
Saber másCompartir tu experiencia con otras personas que han vivido o están viviendo la misma situación que tú puede ser una buena terapia, tanto para ti como para tus familiares, amigos o personas que te acompañan. En ese sentido, las asociaciones de pacientes prestan este tipo de apoyo y pueden ponerte en contacto con profesionales especializados en la atención a las personas con baja visión.
Además, hay especialidades como la psicología que pueden ayudarte a hacer frente a esta nueva situación. Puedes comentarlo con tu médico/a de familia o especialista de la visión, para que puedan derivarte a este especialista.
¿Hay más personas con mi problema? ¿Cómo podría contactar con ellos? ¿Existe alguna asociación relacionada con la discapacidad visual y baja visión?
Saber másCasi el 2% de la población presenta un problema diagnosticado como baja visión y en España lo sufren más de 2 millones de personas. Existen diferentes asociaciones que agrupan a estos pacientes y a sus familiares.
Puedes localizar la más cercana a tu domicilio aquí:
Además, si tienes ceguera legal también puedes acudir a la ONCE: